CAPACITACION – ICIC
Con objeto de satisfacer las demandas de trabajadores y constructoras y cumplir con su misión, el INSTITUTO DE CAPACITACION DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION (ICIC) ofrece cursos para toda la pirámide ocupacional: operativos, técnicos, administrativos y directivos, tanto en las instalaciones de las empresas como en las del ICIC, y cursos prácticos directamente en la obra.
SERVICIOS ICIC
También ofrece asesorías y servicios que cubren necesidades y obligaciones legales de las empresas, en materia de capacitación.
- Asesoría en la detección de necesidades de capacitación y adiestramiento.
- Capacitación de grupos de trabajo en obras en construcción, oficinas y aulas del Instituto.
- Gestión de Recursos PAP (Programa de Apoyo a la Productividad) de la STPS.
- Capacitación de alto nivel impartida por instructores especializados.
- Acreditación de los conocimientos y habilidades de los trabajadores.
- Formación de instructores internos en las empresas.
- Capacitación a distancia.
- Asesoría y gestoría ante las autoridades laborales de la documentación necesaria, tanto en capacitación como en seguridad e higiene.
- Diplomados y maestrías.
- Proyectos de Economía
- Consultoría Especializada
Los trabajadores de la Industria de la Construcción presentan una amplia gama de niveles académicos y culturales; de aptitudes y habilidades; de procedencia e idiosincrasia, lo que plantea el gran reto de detectar los problemas que se derivan de la falta de conocimientos y de capacitación para satisfacer las demandas y necesidades la industria en las diferentes especialidades del trabajador
“ Los amateurs practican hasta que pueden hacer algo bien. Los profesionales practican hasta que no lo pueden hacer mal.” (provervio español).
Sin duda la LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL ESTADO DE SINALOA avala la constante capacitación y superación en los procesos de construccion, así como, el crear trabajadores y profesionistas con gran efectividad y calidad en nuestro gremio, con el único fin de crear excelentes lideres , es por esto, que menciona en su CAPÍTULO X, DE LA CAPACITACIÓN, ARTÍCULO 69 que todas las personas físicas o morales que pretendan participar en cualquier procedimiento de licitación pública o de invitación restringida, deberán acreditar que han cumplido con la capacitación de su personal, ya sea lo previsto por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o por el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción. (Adic. Por Decreto No. 540, publicado en el P.O. No. 047 de 19 de abril de 2004).
De requerir su constancia de capacitación deberá acudir a las oficinas de la delegación con el responsable del icic, llevando consigo debidamente llenados los siguientes formatos:
- DC-02 STPS
- Solicitud de constancia de capacitación
- Diagnostico de necesidades de capacitación
- Copia de la prima de riesgo de trabajo IMSS (presentada en el mes de febrero)

